28 May 2019 Ayudas para familiares con hijos mayores de 18 años con discapacidad
¿Sabías que …?
Aunque la persona con discapacidad que convive contigo no tenga reconocido un 65% o más en su grado de discapacidad puede que tengas derecho a la prestación por hijo a cargo.
Esta ayuda económica está destinada a aquellas personas que conviven y se encargan de prestarle los apoyos a una persona con discapacidad, siempre y cuando ésta tenga más de 18 años, dependa económicamente de ti y tenga reconocido un 65%. Pero existe una excepción ,en los casos en los que la persona con discapacidad esté incapacitada judicialmente podrán solicitarla también personas con un 33% o más. Es decir, equipara el 65% a un 33% siempre y cuando la persona tenga modificada su capacidad de obrar.
Acércate a la Seguridad Social y consulta haciendo referencia al siguiente decreto:
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. (NIPO-271-18-042-9) (BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015 y corrección de errores en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 2016). Última actualización: 28 de enero de 2019
- Disposición adicional vigésima quinta.- Asimilación de las personas que judicialmente hayan sido declaradas incapaces.A los efectos de la aplicación de esta ley, se entenderá que están afectadas por una discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento aquellas personas que judicialmente hayan sido declaradas incapaces.
Para cualquier duda, consulta con el equipo de Trabajo Social que corresponda:
- Valverde Sánchez, Centro Caídos de la División Azul, tfno. 91.310.53.64. valverde.sanchez@downmadrid.org
- Mayssa Tasaky, Centro Caídos de la División Azul, tfno. 91.310.53.64. mayssa.tasaky@downmadrid.org
- Almudena Morla, Centro Caídos de la División Azul, tfno. 91.310.53.64. almudena.morla@downmadrid.org
- Laura González de Rivera, Centro Tres Olivos, tfno. 91.387.67.90. l.gderivera@downmadrid.org